Según el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual modificado por la Ley 2/2019 de 1 de marzo, "la propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación"
La propiedad intelectual está integrada por derechos de carácter personal (DERECHOS MORALES) y patrimonial (DERECHOS DE EXPLOTACIÓN) de los autores.
Los derechos de autor son compatibles con la propiedad industrial que protege todas las creaciones que están relacionadas con la industria: las invenciones, patentes y modelos de utilidad, signos distintivos y diseños y que en España se regula por diversas normas.
Estos derechos son irrenunciables e inalienables e incluye (Art. 14 Ley Propiedad Intelectual)
Estos derechos, independientes entre sí, corresponden en exclusiva al autor quien puede transmitirles (cederles) a otras personas
Estos derechos no podrán ser realizados sin autorización del autor, salvo en los casos previstos en la presente Ley
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